Consecuencias de la baja voluntaria en el período de prueba

Cuando se establece un contrato laboral entre un trabajador y una empresa, se debe determinar un período de prueba. El mismo corresponde a un lapso de tiempo donde tanto el trabajador como el empleador pueden extinguir la relación laboral sin una causa justificada.

Los lapsos de duración del período de prueba quedan establecidos en la legislación laboral según el tipo de contrato y el grado de formación del trabajador. Es importante conocer todo lo referente a tus derechos y obligaciones durante el período de prueba en un contrato laboral.

¿Se puede renunciar en el período de prueba?

Un trabajador puede renunciar durante el período de prueba sin dar una causa justificada, tal como lo establece la legislación laboral. Asimismo, no está obligado a dar un tiempo de preaviso aunque debe presentar la renuncia por escrito.

En este caso, se recomienda que se indique claramente que la relación laboral se rompe por decisión expresa del trabajador. Asimismo, es conveniente indicar que se asume una “no superación del período de prueba” porque al indicar “baja voluntaria” se tendría que dar un preaviso obligatorio.

Hay que tomar en cuenta que la legislación no establece la obligatoriedad de presentar esta renuncia por escrito, aunque hacerlo es lo más recomendable. Es importante recordar que para considerar legal un período de prueba, debe estar contemplado en el contrato laboral y cumplir los requisitos establecidos por la ley.

¿Tengo derecho al paro?

Si has presentado la renuncia durante el período de prueba, no tienes derecho al paro porque se interpreta como una baja voluntaria. En caso de que sea la empresa quien ha considerado no superado el período de prueba, puedes solicitar la prestación por desempleo.

Sin embargo, si en tu último trabajo pediste la baja voluntaria y no han pasado más de tres meses entre esta y el período de prueba no superado, no tienes derecho al paro. Por tanto, debes considerar todos estos factores para saber si es posible solicitar la prestación por desempleo.

Duración máxima del período de prueba

Esto va a depender tanto del tipo de contrato, la formación profesional del trabajador como el tamaño de la plantilla de la empresa. A continuación te presentamos la duración máxima de este período de prueba en todos los casos:

Para contratos formativos

Se establece que el período de prueba no puede ser mayor a un mes para aquellos contratos de prácticas hechos con trabajadores con grado medio o nivel profesional 1 y 2. Esto siempre que no se establezcan otros lapsos en el contrato colectivo, tal como lo indica el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores (ET)

Asimismo, tendrán una duración máxima de dos meses para trabajadores con grado superior o nivel profesional 3. Si al terminar el contrato de prácticas, el trabajador continúa en la empresa no se puede hacer otro período de prueba.

Para contratos de trabajo

En los contratos colectivos puede quedar establecida la duración de los períodos de prueba. En caso de no ser así, se regirán por lo establecido en el artículo 14 del ET:

  • Los períodos de prueba no pueden tener una duración mayor a seis meses cuando se trata de técnicos titulados, ni de dos meses para los otros trabajadores.
  • Cuando la empresa tiene una plantilla menor a veinticinco trabajadores, este período de pruebas no se puede extender más de tres meses para técnicos no titulados.
  • En contratos temporales que no sean mayores a los seis meses, el período de prueba no puede exceder el mes, a menos que se establezca otro lapso en el contrato colectivo.
  • No se puede establecer un período de prueba a un trabajador que haya realizado tareas similares en la empresa en cualquier tipo de contrato.

¿Cómo calcular finiquito por baja voluntaria?

El finiquito corresponde al documento de liquidación de todas las deudas que tiene la empresa con el trabajador por motivo de su actividad laboral. Cuando estás período de prueba y pides la baja voluntaria, tienes derecho al pago de los días trabajados que no hayas cobrado.

Para el cálculo del finiquito por baja voluntaria, se deben tomar en cuenta todas las deudas con el trabajador, incluyendo:

  • Salario no devengado
  • Parte proporcional de las pagas extras
  • Vacaciones generadas no disfrutadas ni compensadas
  • Horas extras no canceladas

Igualmente en el finiquito se incluyen algunas deducciones correspondientes a:

  • Anticipos
  • Deducción del IRPF
  • Deducción de la Seguridad Social

A continuación te mostramos un ejemplo de cómo calcular el finiquito por baja voluntaria:

Salario no devengado

Si al solicitar la baja voluntaria no habías recibido el pago de tu salario, la empresa te debe abonar los días trabajados. Si tu salario es de 1200 euros al mes y trabajaste 20 días, te corresponden 800 euros de salarios no devengados (40 euros/día).

A esto se debe descontar el 4,7% de las contingencias comunes, 0,1% de formación profesional, 1,5% del seguro de desempleo y 12% del IRPF referido al sueldo base de cotización.

Vacaciones no disfrutadas

Según la legislación, gozas de 30 días de vacaciones al año así que pongamos el ejemplo de que al solicitar la baja voluntaria habías trabajado 269 días. En este caso, te corresponden 22,1 días de vacaciones e igualmente se descuenta el IRPF y cotización de la Seguridad Social.

Pagas extra

Dependerá si vienen prorrateadas en el salario mensual o se hacen pagas independientes. En el primer caso ya están contempladas con el pago del salario no devengado, sino que se debe hacer el cálculo proporcional de los días adeudados.

Por ejemplo, si la paga de Navidad es de 1000 euros multiplicas por 269 días trabajados/ 360 días de trabajo anual. Esto da un monto de paga extra de 742,22 euros a la que debes descontar lo correspondiente al 12% del IRPF.

Una vez que has hecho todos los cálculos de abonos así como deducciones correspondientes a estos conceptos, tendrás el monto total del finiquito por baja voluntaria. A diferencia del finiquito por despido, que puede incluir en el mismo documento las indemnizaciones correspondientes o hacerlo en un documento aparte.

Despido durante período de prueba ¿Tengo derecho a indemnización?

No, en principio si la empresa decide cesar la relación laboral por no superación del período de prueba, no se tiene derecho a ningún tipo de indemnización. Esto siempre que no se vulneren derechos de los trabajadores establecidos en la legislación laboral.

A este respecto, el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores considera nula la resolución por parte de la empresa en caso de embarazo. Esto a menos que sea por motivos que no impliquen la maternidad o el embarazo.

Si durante el período de prueba se presentan distintas causas que afecten al trabajador como incapacidad temporal, nacimiento de hijo u otros, se puede interrumpir el cómputo del mismo. Esto siempre que se alcance un acuerdo entre el trabajador y el empleador a este respecto.